Seguro BCI en Crédito Hipotecario
Publicado por Hugo Jara, Posteado enOpinión
Tengo un crédito Hipotecario con BCI que he cancelado sagradamente, sin mora ni alteración alguna, desde hace 18 años. Este crédito hipotecario incluye desde siempre un “Seguro de Cesantía” (Póliza KP 506833-9, ítem N°1, por 0.5267 UF mensuales. También soy cliente BCI desde antes de esa fecha.
El 15 de enero de 2020 quedé cesante; tenía seguro de cesantía (AFC), por lo que seguí pagando con ese ingreso el dividendo y -por supuesto- el mencionado seguro de cesantía (el del Hipotecario), hasta hoy.
Cuando se acercaba el término de mi seguro AFC, realicé los trámites (denuncio) para activar el seguro BCI, ya que en ese momento empecé a necesitarlo realmente, el 5 de agosto de 2020.
Casi un mes después, la Srta. Soledad Ocampo, liquidadora de BCI Seguros, me informa el rechazo de mi siniestro por “denuncio fuera de plazo”. Supuestamente, en la letra chica del seguro que contraté hace 18 años se establecía un plazo de 180 días para el denuncio, es decir, lo hice con 20 días de retraso, por presentarlo después de mi seguro de cesantía.
Sin perjuicio de la legalidad o no de este rechazo (¿al recibir seguro de cesantía AFC estoy en la práctica cesante? ¿Por transcurrir 180 días cesante dejé de estarlo?) creo que el tema acá es de flexibilidad, comprensión y respeto. Si no fuera así, mejor que sea una máquina la que liquida los seguros. Cero humanidad en pandemia, cero escuchar razones.
A todos los cesantes con crédito hipotecario les invito a revisar sus condiciones en detalle, para que no vayan a caer en la “trampa perfecta” que me fue tendida y a la que ingenuamente y por ser demasiado ingenuo, caí. BCI ¿Somos Diferentes?…
Hugo Jara Contreras
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